Punta Umbría

Pagar el canon enfrenta a las entidades de gestión y a los medios de difusión

El pago o no de cánones por derechos de autor y el procedimiento por el que se establecen las tarifas de éstos han enfrentado las posturas de las entidades de gestión y de los medios de difusión que han comparecido ante la subcomisión parlamentaria para la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual.

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El pago o no de cánones por derechos de autor y el procedimiento por el que se establecen las tarifas de éstos han enfrentado las posturas de las entidades de gestión y de los medios de difusión que han comparecido ante la subcomisión parlamentaria para la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual.

A este órgano expusieron sus consideraciones portavoces de los editores de diarios, productores musicales, editores generales, salas de cine, televisiones autonómicas y comerciales, distribuidoras discográficas y la Red SOS-tenible, que a su vez agrupa a colectivos civiles, entre ellos asociaciones de internautas.

Así, la Federación de Cines de España (FECE) ha abogado por que “se descargue” a las salas de varios derechos que pagan en la actualidad, y también por la racionalización de la gestión colectiva de derechos, de forma que las entidades dedicadas a este fin, aunque “son necesarias”, no fijen los precios unilateralmente sino a través de un organismo mediador.

También la Federación de Organismos y Entidades de Radio Autonómicos (Forta), que agrupa a las televisiones autonómicas, ha tachado de poco equitativas y carentes de criterio objetivo los cánones por derechos de autor y ha pedido que las tarifas no se impongan de forma unilateral.

Según Joaquín Escaso, representante de la Forta, “hay muchísimos fallos en cuanto a la organización, constitución y administración de estas entidades, fallos que afectan no sólo a los usuarios sino también a los propios colectivos a los que administran”.

Más dura con las entidades de gestión se ha mostrado la Unión de Televisiones Comerciales Asociadas (Uteca), que ve urgente “eliminar la obligatoriedad de la gestión colectiva” para “evitar el mantenimiento o conformación de monopolios”.

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