España

La familia de la fallecida aún no puede recurrir la sentencia

Los padres de una de las víctimas mortales no han recibido la grabación de la vista

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  • Padres de una de las víctimas -
La familia de Patricia Alfaro, una de las dos chicas fallecidas en un doble atropello mortal junto a la Torre del Oro, ha denunciado que está “indefensa” al no haberle dado aún el Juzgado de lo Penal 8 de Sevilla, dos meses después, la grabación de la vista del juicio para poder recurrir la condena del conductor.

Alfaro, el padre de esta joven madrileña, ha indicado que la “dejadez y poca colaboración” del juzgado les lleva a “suplicar que se respete a las víctimas y a sus familiares”, pues, a los más de dos meses del juicio, la juez “todavía no ha tenido a bien” facilitarles el soporte informático de la grabación de la vista, para así poder recurrir.
Al considerar que el juzgado “no realiza su cometido y parece que los familiares no le importan, ni el caso tampoco”, piden amparo a la “Audiencia Provincial o al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía”, para que tomen “cartas en el asunto por la dignidad de las víctimas y por respeto al derecho democrático de los ciudadanos y al de los familiares”.

La familia de Patricia, que murió el 3 de abril de 2010 cuando cruzaba el Paseo de Colón con su amiga Almudena González, residente en el Aljarafe sevillano, califica como “una vejación” la condena de seis años y medio de cárcel impuesta a Fernando V. C, de 35 años, frente a los 36 pedidos por ellos, “porque no se consideró el dolor”.

En desacuerdo

También critica lo que considera una “arbitrariedad de la jueza”, pues en su fallo “rebajó sin rubor las penas de cuatro años, que podía haber aplicado por cada víctima”, hasta los dos años y medio que, por cada delito de homicidio imprudente en concurso con otro contra la seguridad vial, le impuso.

Según esta familia, además fue condenado sólo a un año por omisión del deber de socorro al intentar huir porque no tenía antecedentes penales, lo que les parece “sin sentido e indignante”, pues afirman que “lo adecuado a la acción es lo máximo, cuatro años”, y “condenar los hechos, no la historia personal de un individuo”.
Recuerda que así lo pidió la Fiscalía, aunque tras la sentencia se “refugió en el burladero del trámite cumplido” al decidir no recurrir y “dejando en muy mala estimación su cargo de fiscal, que soporta con poca dignidad”.
El padre recalca que un delito de atropello, “en este caso a dos chicas indefensas”, “no se puede condenar en el Código con penas de uno a cuatro años”, pues esto es “ofender a las víctimas, despreciar la vida y vejar a los familiares”.

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