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Camps será juzgado por cohecho impropio por la causa de los trajes

Se convertirá en el primer presidente en activo de una CCAA que se sienta en el banquillo

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El presidente de la Generalitat valenciana, Francisco Camps, será juzgado por un delito de cohecho impropio pasivo en la conocida como 'causa de los trajes' derivada del 'caso Gürtel', tal y como consta en un auto, con fecha de este viernes, dictado por el magistrado instructor de la causa, José Flors.

Junto a Camps, se sentarán en el banquillo los otros tres imputados en esta causa: el ex secretario general del PPCV y diputado, Ricardo Costa; el ex vicepresidente del Consell, Víctor Campos; y el ex jefe de Gabinete de la Consejería de Turismo y actual responsable de Protocolo de la Diputación de Valencia, Rafael Betoret.

Flors especifica en el auto, que no es recurrible, que los cuatro imputados deberán prestar una fianza equivalente a la multa solicitada por el ministerio fiscal --de 41.250 euros para Camps, Costa y Betoret; y de 35.000 para Campos-- y un tercio más de esa cantidad

Presidente en el banquillo

El presidente de la Generalitat valenciana, Francisco Camps, será el primer presidente en ejercicio de una comunidad autónoma que se siente en el banquillo ante un jurado popular. Lo hará previsiblemente en el mes de octubre de este año por un presunto delito de cohecho pasivo impropio, dentro de la conocida como 'causa de los trajes' derivada del 'caso Gürtel'.

Camps estará acompañado en el banquillo por otros tres imputados en esta causa: el ex secretario general del PPCV y diputado, Ricardo Costa; el ex vicepresidente del Consell, Víctor Campos; y el ex jefe de Gabinete de la Consejería de Turismo y actual responsable de Protocolo de la Diputación de Valencia, Rafael Betoret.

El jefe del Consell, Costa y Betoret se enfrentan a pagar una multa de 41.250 euros, tal y como solicita para ellos la Fiscalía Anticorrupción, mientras que el ministerio reclama para Campos 35.000 euros. Por su parte, el PSPV, que ejerce de acción popular, eleva la petición para los cuatro hasta los tres años de prisión y ocho de inhabilitación. Las defensas piden el sobreseimiento.

Los cuatro imputados se sentarán en el banquillo por decisión de José Flors, quien ha dictado un auto en el que acuerda la apertura de juicio oral. Ahora, los testimonios, efectos, instrumentos del delito y demás piezas de convicción serán remitidos al tribunal competente para el enjuiciamiento, tal y como detalla el artículo 34 de la Ley del Jurado.

El magistrado que presidirá el tribunal será Juan Climent --a quien le ha correspondido por turno--, quien contará con la asistencia de un secretario y será el que se encargará de fijar una fecha de juicio.

Para la constitución del jurado, Climent citará al menos a veinte de los candidatos convocados y los interrogará por si hubiera falta de requisitos, causas de incapacidad, incompatibilidad, prohibición o excusa. También podrán las partes interrogar a los candidatos y recusar a los que estimen que no cumplen con los requisitos.

El magistrado resolverá sobre las recusaciones propuestas, sin que quepa recurso, pero sí protesta. Cuando se llegue al número suficiente de candidatos a jurados, se procederá a un sorteo sucesivo para seleccionar a las nueve personas que formarán parte del tribunal y otros dos más como suplentes.

Una vez constituido el tribunal, se recibirá juramento o promesa de los seleccionados para actuar como jurados. El magistrado, cuando todos hayan concluido con este trámite, mandará comenzar la audiencia pública siguiendo lo dispuesto en los artículos 680 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

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