La Junta ha promovido en la provincia de Málaga en 2012 un total de 320 mediaciones con menores infractores como mecanismo de resolución extrajudicial de conflictos y alternativa a los litigios, según un balance anual de la Consejería de Justicia e Interior responsable del desarrollo de estos programas de reeducación.
Estas intervenciones en Málaga suponen el 14% de las 2.225 mediacio-nes con menores infractores realizadas en toda Andalucía durante el pasado año, según este balance de la Consejería de Justicia e Interior.
El 67% de las mediaciones iniciadas durante el pasado año con menores infractores en Andalucía fueron resueltas de forma positiva y evitaron que el caso tuviese que ser resuelto en un juicio, mientras que el 13% resultaron in-viables y el 20% siguen en tramitación para buscar un acuerdo satisfactorio.
La mediación se plantea como una solución alternativa a los litigios no sólo de forma previa al proceso judicial, sino también durante su fase de eje-cución, lo que se denomina mediación intrajudicial. Con ello, la Consejería de Justicia e Interior trata de evitar que todos los procesos penales lleguen al juzgado y pretende excluir del proceso judicial aquellos asuntos en trámite para que puedan ser solventados extrajudicialmente con el común acuerdo de las partes.
Por sexo, el número de mediaciones realizadas durante 2012 es bastante superior entre los menores varones, que representan el 71%, frente a las mujeres, que suponen el 29%. Sin embargo, apenas existe diferencia entre unos y otras en cuanto al resultado de la mediación, ya que en el caso de las chicas se ha resuelto favorablemente en el 65% de los expedientes iniciados y en el 68% en el caso de los chicos.
La mediación tiene un importante potencial educativo entre los meno-res, ya que constituye una medida preventiva de reiterados comportamientos delictivos que estimula la reflexión del afectado sobre su responsabilidad pe-nal.
Responsabilidad
Con ese objetivo, los profesionales de los equipos de menores inician el proceso para que el joven infractor se responsabilice de las consecuencias de su delito o falta, comprenda el mal que haya causado, pida perdón a la víctima y repare el daño causado con las medidas que en cada caso se establezcan para ello.
La función del mediador no es, sin embargo, resolver el conflicto, sino conducir el proceso técnicamente para modelar la negociación. Este profesio-nal no solamente informa y observa, sino que prepara también a las partes para el encuentro, introduciendo elementos de reflexión que posibiliten el acercamiento y el acuerdo.
Las soluciones extrajudiciales responden a una finalidad educativa y socializadora basados en la prevención general. Además, la mediación, en general, tiene múltiples beneficios como el ahorro de costes y de tiempo, ya que en cuestión de meses se pueden solucionar muchos conflictos por esta vía frente a la tardanza que conlleva un proceso judicial. Asimismo, es fundamental el valor de participación de las partes en litigio, lo que refuerza la solución al ser acordada y compartida y generadora, por tanto, de una mayor satisfacción que una sentencia impuesta por un juez.
El fomento de la mediación es una prioridad y una línea estratégica para el Gobierno andaluz, ya que contribuye a solucionar la alta litigiosidad existente actualmente en la Administración de Justicia y ofrece una respuesta más rápida y práctica para todos.
La Consejería de Justicia e Interior, a través de la Fundación Pública Me-diara, ha organizado jornadas formativas dirigidas a psicólogos, educadores y trabajadores sociales que integran los equipos técnicos adscritos a las Fiscal-ías de Menores de Andalucía fomentar la mediación como mecanismo de re-solución extrajudicial de conflictos protagonizados por los jóvenes.