Provincia de Granada

El Juez ve indicios de delito en vertidos de aguas fecales procedentes de la cárcel de Albolote

Ahora, en un auto de 62 páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado Miguel Ángel del Arco considera que puede haber indicios de delito, y, para ello, recopila algunos de los pasos dados durante la instrucción, y los informes elaborados al respecto

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai

El Juzgado de Instrucción número 6 de Granada ha considerado que pueden existir indicios de delito de prevaricación medioambiental omisiva y otro delito medioambiental en los vertidos de aguas fecales procedentes de la depuradora de la prisión provincial de Granada, situada en Albolote (Granada), a una finca cercana.

   El caso, en el que están imputados, entre otros, el administrador del centro penitenciario, cargos de Instituciones Penitenciarias y varios técnicos encargados del mantenimiento de la depuradora, fue denunciado por una particular en marzo de 2010, que señalaba que desde 1997, cuando se construyó la prisión, se han causado "graves y reiterados daños" en una finca de su propiedad, concretamente el Cortijo Las Torres, donde se encuentra el cauce del arroyo El Juncal.

   Ahora, en un auto de 62 páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado Miguel Ángel del Arco considera que puede haber indicios de delito, y, para ello, recopila algunos de los pasos dados durante la instrucción, y los informes elaborados al respecto.

   Así, recoge un informe del Seprona que apunta "numerosos daños derivados de la erosión del agua" en el cauce del arroyo El Juncal, en el cortijo, "pérdida ostensible de suelo de cultivo e incluso frutales, olivos, cerezos, arbolado forestal adulto, encinas, sistema de regadío", y, respecto al agua, los agentes indicaron que durante su inspección evidenciaron que "presenta unas características organolépticas propias del agua residual, de color gris verdoso y maloliente, formándose espumas".

   También alude al elaborado por el Instituto De Medicina Legal de Valencia, que señaló que las muestras recogidas procedían de un sistema de depuración "deficiente" de aguas residuales domésticas, y a aguas residuales de origen principalmente doméstico sin depurar (sanitarios, lavadoras, cocinas) con una elevada concentración de materia orgánica en suspensión. Esos vertidos, según se incide en el informe, "suponen un grave riesgo para el equilibrio  de los sistemas naturales y la salud de las personas en función de la información  aportada por los análisis realizados".

   En la misma línea, la Guardia Civil concluyó que "los resultados contenidos en los informes remitidos evidencian una serie continuada de vertidos de elevada carga contaminante en materia orgánica en cauce público", y que "no se observa tendencia alguna que permita deducir una modificación de la gestión de la depuradora encaminada a disminuir la capacidad contaminante de los vertidos".

   Por ello, y pese a que la Abogacía del Estado, que representa a varios de los imputados, pidió el archivo de la causa e incluso dudó de la existencia de los vertidos, el Juzgado de Instrucción 6, que en varias ocasiones se refiere a la "pasividad" de las administraciones en este caso, rechaza el recurso planteado, negando que pueda existir una posible prescripción del delito.

   A juicio del instructor, es "evidente" la existencia de daños acreditados en la investigación, iniciada el 10 marzo 2010, por lo que, cuando el Abogado del Estado quiere negar la existencia de un vertido "nada más lejos de la realidad". "El vertido es evidente, que incumple la normativa también es más que evidente y que se ha demostrado cada vez que se han tomado muestras y se han analizado, con incumplimiento la Ley de Aguas, e incluso la propia autorización de vertido", señala el magistrado.

   En este caso, según apunta, "la situación es de peligro más que concreto, los daños ya se han producido, a la flora, a la fauna, al medio físico, y a bienes particulares", y señala que "estaríamos ante la posible omisión de los órganos competentes en materia medioambiental para el seguimiento y vigilancia del cumplimiento de la declaración de Impacto Ambiental".

   Finalmente, concluye que, aunque no queda claro si se han llegado a cumplir los requisitos legales referidos al trámite de Evaluación Ambiental, sea estatal o autonómico, la realidad  de los hechos pone de manifiesto que puede que "no haya actuado con la eficacia  necesaria".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN