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Los nietos de las españolas se topan con el franquismo

La ley de Memoria Histórica o ley de nietos llega a su cuarto mes de vigencia con miles de nacionalidades concedidas a nietos de españoles, aunque ninguna a descendientes de españolas casadas en el extranjero, por culpa de una norma franquista que tiene a los consulados contra las cuerdas.

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La ley de Memoria Histórica o ley de nietos llega a su cuarto mes de vigencia con miles de nacionalidades concedidas a nietos de españoles, aunque ninguna a descendientes de españolas casadas en el extranjero, por culpa de una norma franquista que tiene a los consulados contra las cuerdas. 

Si usted es cubano, argentino, mexicano... y nieto de español: felicidades, durante dos años podrá recuperar la nacionalidad en virtud de la Ley de Memoria Histórica aprobada por el parlamento español y que entró en vigor en diciembre de 2008. 

En cambio, si usted es cubano, argentino, mexicano... pero nieto de española, ruegue para que ella no estuviera casada en el momento de tener a su padre o madre, porque si su esposo era extranjero le van a decir que en ese momento no era española. 

Aunque pueda parecer una exageración, esa fue la explicación con que se topó hace unas semanas Jorge Félix Medina, de 37 años, cubano y descendiente de abuela canaria. 

Cuando la Ley de Memoria Histórica entró en vigor, el 29 de diciembre pasado, Medina, al igual que otros 135.000 cubanos hasta ahora, pidió su cita en el consulado español en La Habana. 

Se presentó hace un mes con un maletín lleno de documentos impecablemente seleccionados para acreditar fuera de toda duda la nacionalidad española de su abuela Felipa. 

Sin embargo, en el consulado le dijeron que la señora Felipa, fallecida en 1994, no podía transmitirle ese derecho porque se casó con un cubano y por tanto había perdido la nacionalidad antes de tener al padre de Medina. 

La explicación legal para todo esto está contenida en la Ley de 15 de julio de 1954, que reforma el título del código civil “de los españoles y extranjeros”, e interpreta que “la española que contraiga matrimonio con extranjero adquiere la nacionalidad de su marido”. 

En su motivación, la norma explica que “tanto en el régimen de adquisición como en el de la pérdida de la nacionalidad se mantiene el principio de la unidad de la familia como el más identificado con la tradición y los sentimientos de la nación española”. 

“Yo pensé que me estaban tomando el pelo”, explicó a Efe Medina, que asegura que su abuela llegó a votar en convocatorias electorales en España hasta poco antes de fallecer.

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