Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Queja archivada: la expo del Orgullo no vulnera el derecho de menores

La Oficina del Defensor del Menor considera que la muestra sobre el Día del Orgullo Gay en la Avenida de la Constitución no vulnera los derechos de los menores

Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • La muestra -

La Oficina del Defensor del Menor de Andalucía, dirigida por Jesús Maeztu, no considera que la muestra fotográfica impulsada por el Ayuntamiento de Sevilla sobre el Día del Orgullo Gay, que quedó expuesta en junio del año pasado en la avenida de la Constitución, vulnere o lesione los derechos o libertades de los ciudadanos, entre ellos de los menores, tal como exponían quienes recurrieron en su día a Maeztu para instar a su intervención al respecto.

El informe del Defensor, recogido por Europa Press, recuerda que se abrió esta actuación tras la queja tramitada a instancias de un colectivo de personas "disconformes" con el contenido de los carteles fotográficos.

Tras un primer informe de los hechos, desde la oficina de Maeztu se señalaba que toda creación artística se encuentra amparada por el artículo 20 de la Constitución, que reconoce el derecho a la libertad de expresión y de producción artística, científica o literaria, aunque precisa que "ello no implica que este derecho no pueda ser matizado" en función del concurso con otros derechos también dignos de protección, tales como el derecho al honor, a la propia imagen y a la intimidad personal y familiar, así como a la especial protección que merece el interés de las personas menores de edad.

En este sentido, menciona que el Tribunal Constitucional en la Sentencia 62/1982, de 15 de octubre, estimaba que "el concepto de moral puede ser utilizado por el legislador y aplicado por los Tribunales como límite de los derechos fundamentales y libertades públicas", si bien dichos límites "deben rodearse de las garantías necesarias para evitar que bajo un concepto ético, juridificado en cuanto es necesario un mínimum ético para la vida social, se produzca una limitación injustificada de derechos fundamentales y libertades públicas".

Teniendo en cuenta todo ello, el Defensor no valora que estas imágenes "lesionen algunos de los derechos presuntamente vulnerados", entre los que se encontrarían los de integridad moral y psicológica de los menores.

Al respecto, menciona la documentación remitida desde el Ayuntamiento, en la que se detalla que las imágenes son una selección de las realizadas por un grupo de reporteros gráficos sevillanos que cubrieron la celebración del Día del Orgullo el año anterior para los medios de comunicación, no realizándose desde el comisionado de la exposición "ningún tipo de censura", ya que el contenido "en ningún momento es ofensivo o sexualmente explícito", ni se entendió que pudiera afectar la integridad moral o psicológica de los menores.

Por todo ello, desde la Oficina del Defensor se concluye que "no se observa que en la actuación llevada a cabo por la corporación local se haya producido una infracción de derechos y/o libertades constitucionales que conduzcan a adoptar medidas", por lo que procede al cierre de la queja.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN