Córdoba

Caso Pozoblanco: Abogado lamenta las palabras del fiscal

"El fiscal jefe debería estar molesto de que la investigación se haya llevado buena parte desde Pamplona, no confiando en las diligencias que están en Córdoba"

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
  • Agustín Martínez. -

El abogado de tres de los cuatro investigados en el caso de supuestos abusos sexuales en la localidad cordobesa de Pozoblanco en mayo de 2016, meses antes de que presuntamente junto a un quinto joven cometieran la violación grupal a una mujer en los Sanfermines, ha lamentado este miércoles las palabras del fiscal jefe de Córdoba, Juan Calvo-Rubio, quien considera que "es complicado" que se pueda determinar el uso de la sustancia burundanga.

En declaraciones a Europa Press, el letrado, Agustín Martínez, ha manifestado que "el fiscal jefe debería saber que la prueba de la sustancia burundanga es imposible obtenerla en el mes de octubre cuando se realiza la denuncia sobre unos hechos que ocurrieron en mayo", de modo que es "absolutamente absurdo pretender acreditar eso", ha apostillado.

Además, considera que "el fiscal jefe debería estar molesto de que la investigación se haya llevado buena parte desde Pamplona, no confiando para nada en las diligencias del orden público que están en Córdoba", porque los agentes de Córdoba debieron ser "los que buscaran y localizaran a la joven de Pozoblanco para obtener la correspondiente denuncia si en su caso debería haber sido formulada", según ha apuntado.

Y es que, según ha agregado, "dos policías forales de Navarra se llevaron pelos de la joven para acreditar si había burundanga y descubrieron que había muchas cosas, pero no burundanga". Además, cree que "el fiscal desconoce la instrucción del procedimiento, porque ha quedado acreditado por los propios testigos de la joven que no ocurrieron los hechos como se denuncian por parte de ella".

Cabe señalar que el representante del Ministerio Público ha manifestado que "el problema de esta droga es que lógicamente los efectos desaparecen rápidamente". La joven que denunció los hechos describió la inconsciencia como "repentina en el mismo momento de introducirse en el turismo" en el que viajaba con los cuatro investigados tras acudir a la feria del municipio cordobés de Torrecampo.

En este caso concreto de Pozoblanco, según ha señalado el fiscal jefe de Córdoba, "no se ha acreditado la violencia", de manera que "hasta ahora lo que hay es la negativa de la víctima" en los hechos.

Asimismo, ha expresado que "las víctimas de abusos y agresiones sexuales a veces no denuncian de manera inmediata", de manera que "el hecho en sí mismo de que se tarde en denunciar no debe llevar a quitar credibilidad", ha abundado el fiscal, después de que esta causa se iniciara a raíz de que el magistrado del Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona, que ha investigado la supuesta violación grupal en los Sanfermines, vio indicios de que supuestamente abusaron sexualmente en mayo de 2016 de la joven de 21 años.

COMPARTIERON LA GRABACIÓN

Al respecto, los cuatro investigados grabaron los supuestos abusos con un móvil y compartieron uno de los dos vídeos en un 'chat'. El juez sostiene que "existen serios indicios de que podrían haberse utilizado sustancias específicamente destinadas para provocar la inconsciencia de la víctima", tras conocerla en la feria de Torrecampo y desplazarse a Pozoblanco.

Cabe destacar que en esta causa, cuya instrucción prevé finalizar en próximas fechas, ya han declarado los cuatro jóvenes ante la juez de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Pozoblanco, aunque se acogieron a su derecho a no declarar sobre lo ocurrido en el interior del vehículo que grabaron en vídeo y en relación a los mensajes de 'WhatsApp', donde enviaron la citada grabación.

También, han declarado la joven que denuncia los hechos y amigos tanto de ella, como de los investigados, entre ellos quienes visualizaron el vídeo en el que salen los cuatro junto a la joven en el momento de los supuestos tocamientos en el coche.

En la resolución del Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona, el magistrado considera que "resulta indiciariamente acreditado" que A.J.C.E. ofreció a la denunciante acompañarla a su domicilio en un vehículo, donde nada más entrar y tras sentarse en el asiento del copiloto cayó "en un estado de profunda inconsciencia".

Según recoge el auto, en el vehículo se montaron también J.A.P.M., J.E.D. y A.M.G.E. y mientras este último conducía "todos ellos le tocaban los pechos" y A.J.C.E. le "besaba en la boca, riéndose entre ellos de la víctima". Según añade el magistrado, la llevaron luego hasta la localidad de Pozoblanco, donde se despertó "completamente desnuda en el asiento de atrás" y con el mono y las medias rotas.

La joven se vistió y se colocó en el asiento del copiloto, momento en el que presuntamente A.J.C.E. le requirió "para que le hiciera una felación". Ante la oposición de ella, según relata el juez, el investigado la golpeó "dos veces en la cara y otra en el brazo". Acto seguido, la empujó fuera del coche y la insultó.

SUPUESTOS TOCAMIENTOS

Los supuestos tocamientos practicados en el vehículo fueron presuntamente grabados por J.A.P.M. con el teléfono móvil de A.M.G.E., creando dos archivos de vídeo, el segundo de los cuales fue compartido en un chat denominado 'Manada', en el que posteriormente se refirieron a la víctima como "la bella durmiente". Desde esa conversación, el investigado J.A.P.M. difundió ese vídeo en otro chat llamado 'Peligro' en el que participaba A.B.F, el quinto procesado por la supuesta violación de los Sanfermines.

Estos hechos, según detalla el juez, están tipificados en el artículo 181 del Código Penal como cuatro delitos de abuso sexual, delitos de los que aparecen como autores los cuatro investigados. Asimismo, el magistrado imputa a A.J.C.E. un delito de lesiones.

Para la concreción del relato de los hechos y la valoración de los indicios de criminalidad, el magistrado ha tenido en cuenta "principalmente el relato de la víctima en su denuncia, el clarísimo contenido de los archivos de vídeo", "las fotografías que la víctima hizo de las lesiones sufridas", la comunicación del incidente a terceros y los datos obrantes en el atestado presentado por la Brigada de Delitos contra las Personas de la Policía Foral de Navarra.

En cuanto a la calificación jurídica de los hechos, el juez estima que con arreglo al artículo 181 del Código Penal "se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto".

A este respecto, el magistrado abunda en el propio relato de la víctima en cuanto a la forma en la que se despertó sin tener conocimiento "de nada de lo ocurrido" en el periodo intermedio, así como en "la profunda inconsciencia que se aprecia en los vídeos sin que la víctima se despierte a pesar de los besos y tocamientos y de las risas de los investigados".

INCONSCIENCIA "REPENTINA"

El juez también resalta que la joven describió la inconsciencia como "repentina en el mismo momento de introducirse en el turismo", la referencia posterior a ella como "la bella durmiente", así como los comentarios en el 'chat' 'Peligro' tras compartirse el segundo vídeo con menciones sobre la posible utilización en los hechos de burundanga, en referencia al alcaloide escopolamina o hioscina que actúa como depresor de las terminaciones nerviosas y del cerebro, sustancia de efectos sedantes similar a la atropina que ha sido detectada en usos delictivos para dejar inconscientes y luego amnésicas a las víctimas, singularmente en ataques sexuales.

La supuesta utilización de esta sustancia, razona el magistrado, explicaría la referencia posterior en el 'chat' 'Veranito' por parte de A.B.F., quien participaba en el 'chat' 'Peligro', en el que también se compartió el segundo de los vídeos, "a la voluntad de llevar para el viaje a Pamplona burundanga".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN