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Sevilla

El jurado declara culpable al parricida de Arahal

El veredicto considera probado que hombre acusado de matar a su madre y a su hermana en la vivienda familiar actuó de manera "intencionada"

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  • Juicio contra el parricida de Arahal. -

El jurado popular ha declarado culpable de dos asesinatos a J.A.P.B., el hombre de matar a su madre y a su hermana en la vivienda familiar ubicada en la localidad sevillana de Arahal en el mes de diciembre de 2016, durante la lectura del veredicto producida este martes en la Audiencia Provincial de Sevilla.

El jurado considera por unanimidad como probado que en el día de autos, entre las 1,00 y las 2,00 horas, el acusado de manera consciente asestó 96 puñaladas con uno o dos cuchillos de más de 13 centímetros de hoja a su hermana hasta que sufrió un shock hipovolémico que le causó a la muerte y que este hecho se produjo por la espalda de forma sorpresiva sin que diera lugar a la víctima a defenderse al encontrarse ésta en ropa interior dentro del periodo nocturno de descanso.

Igualmente, considera probado por unanimidad que la mayoría de las puñaladas fueron a zonas y órganos no vitales lo que causó gran sufrimiento a la víctima a la hora de morir y que el encausado se apoderó de una cantidad indeterminada de dinero del monedero de ésta.

En esa línea, el jurado popular considera probado por mayoría de ocho votos que J.A.P.B. actuó de manera intencionada y que con su forma de actuar se aseguraba el resultado de la muerte así como que deliberadamente causó un sufrimiento inhumano a su hermana a la hora de destinar la mayoría de las puñaladas a zonas no vitales.

Por otra parte, los miembros del jurado consideran por unanimidad como probado que en el día de autos, entre las 9,00 y las 14,00 horas, el acusado de manera consciente asestó 43 puñaladas con uno o dos cuchillos de más de 13 centímetros de hoja a su madre hasta que sufrió un shock hipovolémico que le causó a la muerte y que este hecho se produjo por la espalda de forma sorpresiva sin que diera lugar a la víctima a defenderse al producirse este incidente justo cuando ésta acababa de llegar a casa del trabajo. Igualmente, considera probado por unanimidad que la mayoría de las puñaladas fueron a zonas y órganos no vitales lo que causó gran sufrimiento a la víctima a la hora de morir.

En ese sentido, el jurado popular considera probado por mayoría de ocho votos que J.A.P.B. actuó de manera intencionada y que con su forma de actuar se aseguraba el resultado de la muerte así como que deliberadamente causó un sufrimiento inhumano a su madre a la hora de destinar la mayoría de las puñaladas a zonas no vitales.

Igualmente, el jurado considera como no probado que en ambos crímenes el acusado hubiera consumido cocaína u otra sustancia estupefaciente que le impidiera tener afectadas su capacidad cognitiva y volitiva, así como que cometiera los hechos motivado por su adicción a la droga.

Tras la lectura del veredicto, el Ministerio Fiscal ha ratificado su petición de penas y reclama una condena de 23 años de prisión por cada uno de los dos asesinatos, solicitando que se prohíba al acusado que se comunique o se acerque a sus hermanos por un periodo de 33 años así como que resida en Arahal o se aproxime a esta localidad a menos de diez kilómetros. También han ratificado su petición de penas las acusaciones particulares que ejercen dos hermanos del encausado que reclaman una condena de 24 años de cárcel por cada uno de los dos crímenes.

Por último, el letrado de la defensa, que durante el desarrollo de la vista oral solicitó la libre absolución de su representado al entender que concurre la circunstancia eximente completa de drogadicción, ha pedido, tras el veredicto de culpabilidad, que se le imponga la pena mínima posible.

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