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Andalucía

Justicia, condenada por abrir expediente a secretarios judiciales andaluces

Cinco juzgados centrales de lo Contencioso han dado la razón a otros tantos secretarios judiciales andaluces y han condenado al ministerio de Justicia a indemnizarles con sumas situadas entre 3.000 y 4.600 euros por abrirles un expediente "injustificado" a raíz de una huelga de funcionarios en 2005.

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Cinco juzgados centrales de lo Contencioso han dado la razón a otros tantos secretarios judiciales andaluces y han condenado al ministerio de Justicia a indemnizarles con sumas situadas entre 3.000 y 4.600 euros por abrirles un expediente "injustificado" a raíz de una huelga de funcionarios en 2005.

Fuentes judiciales han informado a Efe de que las indemnizaciones han sido fijadas por los daños morales ocasionados por la "incoación injustificada de un expediente disciplinario".

Dichos expedientes fueron abiertos por el Ministerio de Justicia a instancias de la consejería de Justicia de la Junta contra 38 secretarios judiciales andaluces, a los que imputó una presunta falta grave por no informar sobre la huelga de funcionarios llevada a cabo entre abril y julio de 2005.

Los expedientes fueron cerrados meses más tarde "sin haber realizado más actuaciones que la apertura mencionada", según las citadas fuentes.

Los 38 secretarios judiciales -dependientes del Ministerio de Justicia- fueron expedientados por no informar a la Junta, como responsable del resto de funcionarios de Justicia, sobre el seguimiento de la huelga de funcionarios que se llevó a cabo en distintas fases entre abril y julio de 2005 por reivindicaciones salariales.

Los expedientes motivaron diversas acciones de protesta del colectivo, que transmitió al Gobierno su "malestar e indignación" por el hecho de que las sanciones fueran abiertas a petición de la Junta "sin que previamente se hubiera hecho una mínima información previa".

El juzgado central de lo Contencioso-Administrativo número 8, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, considera que los hechos supusieron para la secretaria demandante "un daño moral derivado de la zozobra y ansiedad que produce la posibilidad de ser sancionado" y también por "el descrédito profesional que conlleva".

Posteriormente, la resolución de archivo "no especificaba que no se había acreditado la existencia de hecho alguno imputable a la expedientada" y el daño moral "se vio ampliado por la repercusión pública que tuvo en medios de comunicación del territorio en que ejerce sus funciones", según el veredicto.

El ministerio de Justicia "debió actuar de otra manera ante la absoluta falta de identificación de hechos concretos imputados a los expedientados, máxime cuando la misma comunicación de la Junta señalaba que se iban a recabar los documentos acreditativos y que se remitirían con rapidez al ministerio", añade.

La indemnización fijada en este caso ha sido de mil euros por cada mes que permaneció abierto el expediente, y 600 euros más por los dieciocho días transcurridos hasta el acuerdo del archivo, según la sentencia, contra la que no cabe ningún recurso.

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