Publicidad Ai
Publicidad Ai

El Tratado del Libre Comercio

Estados Unidos tiene la intención de asegurar un liderazgo en el mundo, para contrarrestar la fuerza de las economías emergentes de otros continentes y países.

Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai

El Transatlantic Trade and Investment Partnership, conocido también como Tratado del libre comercio entre EEUU y la UE, se define como un acuerdo para la restricción de los aranceles y trabas burocráticas, que faciliten la circulación de bienes y servicios entre EEUU y Europa. Pero en el fondo hay intención de EE.UU. de asegurar un liderazgo en el mundo, para contrarrestar la fuerza de las economías emergentes de otros continentes y países. Esto exige una importante reflexión acerca de cuáles serían los efectos en el contexto europeo en general y en nuestro Estado en particular, en relación con el modelo de Estado que se ha venido desarrollando en las Constituciones y ordenamientos jurídicos de la Europa posterior a la II Guerra Mundial.

Hay razones poderosas para la reconsideración de este Tratado. Dentro del secretismo con que que se llevan a cabo las negociaciones, se dice que el Tratado respetará las normas de seguridad alimentaria existentes en la UE, o en la sanidad y la educación públicas. Igualmente, en materia de medio ambiente, ecología y  desarrollo sostenible, Europa ha llevado a cabo una intensa normativa de protección, que no existe en el derecho americano.

Las reticencias de una buena parte de la opinión publica respecto de la suscripción de un Tratado, se refieren por tanto, a la diferencia de los estándares de protección de bienes y servicios, que se encuentran mas protegidos en Europa que en EEUU, y donde por lo tanto, se perderían derechos importantes en materia sindical, de permisión del uso de los pesticidas en la agricultura, o de defensa del medio ambiente.

Pero la afectación más importante es a la soberanía de los estados. Las empresas multinacionales que se implanten en los estados europeos, podrán solicitar importantes indemnizaciones, al amparo de este Tratado, si estos modifican sus políticas,y perjudican sus inversiones. Y esto mediante un mecanismo que evita acudir a los tribunales de los estados, y les obliga a un procedimiento arbitral. Estos tribunales de arbitraje no forman parte de la jurisdicción ordinaria de los estados, sino que se tramitan por despachos de abogados de implantación internacional.  

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN