Campo de Gibraltar

?Los documentos demuestran que sólo se autorizó a entrar en las viviendas?

El DIPA ofrece su versión de la cronología del derribo de las viviendas

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
José Luis Velázquez, presidente de DIPA, portavoz de los afectados de las viviendas derribadas, aseguró ayer en un comunicado que “el procedimiento 18/2008 del Juzgado Contencioso-Administrativo de Cádiz deja claro que el Juzgado se limita a dar autorización de entrada en domicilio y no a dar orden de derribo como el Ayuntamiento afirma”. Para el DIPA, “la cronología verdadera de los hechos ocurridos es la que aparece en el expediente de la Gerencia de Urbanismo y no la aparecida días atrás en algunos medios y que ha sido aportada por el Ayuntamiento”.

cronología
Según Velázquez “el 16 de mayo de 2007 se dicta Providencia de la vicepresidencia de Urbanismo en la que se propone ordenar la demolición de las viviendas.

“El 5 de septiembre de 2007 se dictó Resolución de la Presidencia de la Gerencia de Urbanismo (Ernesto Marín) por la que se ordena la demolición de las viviendas; el 13 de noviembre de 2008 el vicepresidente de la Gerencia de Urbanismo (José Pedro Butrón) solicita al Juzgado autorización para entrar en la finca y cumplir la orden de derribo dictada por la presidencia de la Gerencia de Urbanismo”, ha continuado exponiendo.

Recurso
Según la versión del presidente del grupo “el 14de diciembre de 2009 la delegada de Urbanismo (Cándida Verdier) y el alcalde (José María Román), reciben copia del Recurso de Apelación presentado por la familia Tocino que fue admitido a trámite el 18 de diciembre de 2009, dejando sin efecto la providencia de fecha 3 de diciembre de 2009, que declaraba la firmeza de la resolución del 9 de octubre de 2009 y sin embargo rechazan la petición de suspender el derribo”.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN