Campo de Gibraltar

Almuerzo de convivencia de los ancianos de las viviendas tuteladas

Estas viviendas fueron concebidas para personas mayores con un nivel de autonomía suficiente, pero con dificultades para mantenerse en su vivienda

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  • Almuerzo en viviendas tuteladas. -

La concejal de Asuntos Sociales, Maite Benitez, ha compartido hoy jueves un almuerzo de convivencia con los ancianos de las Viviendas tuteladas de la calle Málaga. En el evento le han acompañado personal de su delegación y de Mensajeros por la Paz.

Mensajeros por la Paz, que se encarga del mantenimiento de las instalaciones y del cuidado de los ancianos, ha querido organizar esta jornada de convivencia, en al que han degustado un arroz, realizado por la persona encargada de las viviendas.

La casi veintena de ancianos, han podido disfrutar de una jornada de convivencia entorno a la mesa, ya que la Asociación pretende que los abuelos realicen un mayor número de actividades en común.

La concejal de Asuntos Sociales, Maite Benitez, ha señalado que “se trata de celebrar conjuntamente el solsticio de verano, y felicitar de paso a varios juanes y juanas de las viviendas”.

Las viviendas tuteladas de la calle Málaga llevan funcionando desde el domingo 3 de octubre de 2010, cuando se hicieron entrega de las llaves a los 15 primeros ocupantes de estas viviendas, situadas en la calle Vallecillo Luján número 35.

Estas viviendas fueron concebidas para personas mayores con un nivel de autonomía suficiente, pero con dificultades para mantenerse en su vivienda por grave deterioro de la misma o por problemas de convivencia, o que sean obligados a abandonarla, carezcan de vivienda propia o no dispongan de recursos económicos, familiares y sociales.

Los requisitos para tener acceso a estas viviendas son: tener 60 años o más cumplidos; estar empadronado en San Roque con dos años de antigüedad, como mínimo; no padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni alteraciones psíquicas que puedan repercutir de una manera negativa en la convivencia o que requieran vigilancia y cuidados continuados de una tercera persona, o con limitaciones severas en su nivel de autonomía personal.

También se cuentan entre los requisitos el no disponer de vivienda en propiedad, o que ésta se encuentre en un grave estado de deterioro, no reuniendo las condiciones mínimas de habitabilidad y no siendo posible su rehabilitación mediante otros recursos de carácter social. En los casos de personas que aún no teniendo vivienda en propiedad sí dispongan de familiares con los que estén conviviendo, y estos estén obligados legalmente a su cuidado y atención, según el Código Civil, se valorará la no prioridad del caso.

Además, se considera un requisito el tener un estado físico y psíquico que permita realizar las actividades de la vida diaria de forma independiente y no presentar riesgo inminente de invalidación; y tener una conducta social y unos hábitos personales y de higiene que faciliten una convivencia normalizada. Finalmente, cualquier situación no contemplada en los requisitos anteriores podrá ser estudiada y valorada por el Departamento Municipal de Asuntos Sociales, que elaborará propuesta de ingreso o no, siendo sometida ésta ante el órgano competente (Comisión Municipal de Asuntos Sociales).

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