Denuncian que la Ley de Personal de Policía desoye al TC al permitir ascender durante 5 años sin titulación académica

Publicado: 31/05/2015
Inspector del CNP avisa al Gobierno y al Congreso de que la exención puede ser constitutiva de delitos de prevaricación y desobediencia
Un inspector de Policía ha denunciado ante el Congreso de los Diputados y el Gobierno que el nuevo Régimen de Personal de la Policía Nacional desoye varias sentencias del Tribunal Constitucional (TC) al permitir ascender durante cinco años a los mandos que no tengan la titulación académica exigida por ley.

   Así consta en un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, que este inspector ha enviado al Consejo de Ministros y a la propia Dirección General de Policía durante la tramitación del texto como anteproyecto de ley, habiendo hecho ambos organismos "caso omiso a esas vulneraciones de las sentencias constitucionales".

   El remitente ha instado también a los diputados de la Comisión de Interior de la Cámara Baja a modificar el proyecto legislativo con el fin de eliminar esta "demora" de cinco años y exigir la titulación correspondiente para ascender a una categoría superior, desde el mismo momento en que la nueva normativa entre en vigor.

   El inspector denuncia que el nuevo Régimen de Personal, que atraviesa sus últimos pasos en el Senado, incluye este requisito para acceder a las diferentes escalas de funcionarios públicos, pero no para sus distintas categorías. Además, critica la disposición transitoria que establece que las titulaciones estipuladas en la ley "se exigirán una  vez transcurridos cinco años desde la entrada en vigor" de la norma.

PREVARICACIÓN Y DESOBEDIENCIA

   En su escrito, este mando policial esgrime varias sentencias del Tribunal Constitucional que han anulado durante las últimas tres décadas varias "dispensas provisionales de titulación" y han establecido que "los requisitos de titulación deben serlo también para categorías dentro de la misma escala", como reflejo de los principios de mérito y capacidad en la Administración Pública.

   Entre otras, alude a dos resoluciones dictadas por el Alto Tribunal en 2012 y 2013, declarando "inconstitucionales" las dispensas incluidas por los Parlamentos de Andalucía y Canarias en sendas leyes sobre coordinación de las policías locales por invadir una competencia exclusiva del Estado.

   El Estatuto Básico del Empleado Público de 2007 regula los principios generales aplicables al conjunto de funcionarios y es el texto al que se remite el nuevo Régimen de Personal de la Policía para hablar de la posesión de los títulos académicos.

   "Esa pretensión de seguir manteniendo la dispensa de cinco años, así como la no exigencia de titulación por ascenso en superior categoría de la misma escala pudiera ser un ilícito administrativo y/o penal de los artículos 404 o 410 del Código Penal", concluye el texto sobre el proyecto, que se encuentra en la actualidad en fase de tramitación en el Senado y que volverá al Congreso en caso de ser modificado en la Cámara Alta.

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