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España

Sólo el 0,0079% de las denuncias por violencia de género son falsas

Entre las 913.118 denuncias presentadas entre 2009 y 2015, sólo hubo 164 casos en los que se actuó por acusación y denuncia falsa

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  • Violencia de género -

La Fiscal de Sala especializada en Violencia Sobre la Mujer llama la atención en su memoria anual sobre el hecho de que entre las 913.118 denuncias por violencia de género que se presentaron en España entre 2009 y 2015, sólo constan 164 casos en los que se incoasen actuaciones por un delito de acusación y denuncia falsa, es decir, en sólo el 0,0079 por ciento de los procedimientos.

Tal y como detalla en la Memoria Anual de la Fiscalía General del Estado, presentada esta semana con motivo del inicio del Año Judicial, este "escasísimo porcentaje" es "suficientemente elocuente para rebatir las voces que se alzan en torno a la prevalencia de 'denuncias falsas' en esta materia".

Conforme explica, en 2015 se interpusieron 129.292 denuncias por violencia de género y se incoaron 18 causas por denuncia falsa de las que ocho fueron archivadas o sobreseídas provisionalmente, ocho siguen en tramitación y dos acabaron en condena, una de ellas con conformidad. Esto significa que fueron 'falsas' el 0,0015% de las denuncias presentadas.

Con los datos desde 2009, se quedarían en un 0,0079 por ciento los procesos incoados por presunta falsedad, con un total de 164. De ellos, son 63 los que han acabado en condena, por lo que la proporción es aún menor: "Resulta que sólo el 0,0069% se ha acreditado que eran falsas". Aun cuando los 90 casos que estaban en tramitación al cierre del informe resultasen en condena, el porcentaje final no superaría el 0,0099% de falsedad entre las denuncias.

Asimismo, destaca que de las mencionadas 63 sentencias condenatorias, 35 lo han sido por conformidad de la acusada, es decir el 55,55%. "Nuevamente apreciamos, en este actuar, las características, peculiaridades y aristas que plantea este tipo específico de violencia", añade la Fiscal de Sala.

Su informe pone cifras y descripciones a la realidad de la violencia de género en España durante 2015, cuando según sus cuentas, que difieren de las estadísticas elaboradas por el Gobierno, fueron 62 y no 60 las mujeres asesinadas por los hombres con los que mantenían o mantuvieron una relación de pareja. Además, resultaron asesinadas otras 11 personas de las que siete eran hijos menores de edad de las propias víctimas y cuatro, personas adultas de su entorno.

La Fiscal de Sala llama no obstante la atención sobre otros "atentados gravísimos que a pesar de su entidad y por diferentes razones no consiguieron su propósito" de acabar con la vida de la mujer. Se trata de "al menos 15 casos contrastados" aunque según afirma, consta que hay más.

"En muchos de estos casos estamos ante verdaderos intentos de asesinato y sólo la resistencia de la víctima o la decidida intervención de familiares, de vecinos o transeúntes o la presencia policial fue lo que evitó que se produjera el fatal desenlace. En gran parte de estos supuestos existían denuncias previas o incluso órdenes de alejamiento que se quebrantaron y las víctimas resultaron con heridas de consideración", explica en su informe.

De hecho, afirma la "brutalidad en los medios empleados o en la forma de dar muerte a la víctima sigue siendo la tónica general e incluso podría afirmarse que en el periodo analizado se ha incrementado". "Con frecuencia la violencia y el número de heridas ocasionadas es superior a la necesaria para causar la muerte, pues lo que busca es infringir un daño intenso y profundo", dice la Fiscal.

Señala que en otros supuestos el agresor ha buscado directamente atacar al rostro u otras partes visibles del cuerpo de su víctima para "desfigurarla y estigmatizarla aún más, manifestación de nuevo del factor dominación que inspira la violencia de género", como en uno de los casos que menciona, en que un hombre roció a una mujer con gasolina y le prendió fuego en su lugar de trabajo.

En este sentido, expone que en 2015 se dictaron 77 sentencias por delitos contra la vida, de las que 71 fueron condenatorias: 33 (46,48%) por asesinato, siete por intento de asesinato, seis por homicidio y 25 por intento de homicidio. En el 56,34 por ciento de las sentencias se apreció alevosía, "que revela el aprovechamiento por parte del autor de la indefensión en que se encuentra la víctima"; y en el 18,31% (13 ocasiones) fue apreciada la circunstancia de ensañamiento.

Sobre los agravantes, concreta que en 66 casos se aplicó el de parentesco, en cuatro ocasiones se apreció abuso de superioridad y en una reincidencia, en otra la de aprovechamiento de las circunstancias del lugar y en una más, la de disfraz. Mientras, en cinco se aplicó como atenuante de la condena la situación de embriaguez o drogadicción y en ocho casos, hubo reducción por haber confesado los hechos.

SIN REUNIONES DEL OBSERVATORIO EN 2015

Por otra parte, la Fiscal de Sala detalla las relaciones con otras instituciones que ha mantenido a lo largo del año en el marco de sus funciones y afirma que "pese a la obligación establecida" por Real Decreto, en la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género adscrita al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, no convocó en todo el año al Pleno del Observatorio estatal al respecto.

"No se ha convocado ni celebrado a lo largo del 2015 ninguna reunión ordinaria ni extraordinaria del Pleno del Observatorio, inactividad que impide a las instituciones integrantes conocer el funcionamiento del Observatorio, las deficiencias que existan en la labor de erradicación de esta violencia y elevar propuestas de actuación", dice la Fiscal de Sala.

Entre esas preocupaciones que este organismo habría transmitido al Pleno del Observatorio, están las cifras de órdenes de protección, pues el porcentaje de concesiones y denegaciones varía drásticamente en función de cada partido judicial. "Se han de analizar las causas por las que se producen tantas denegaciones y adoptar las medidas que resulten procedentes para incrementar la protección a las víctimas de violencia de género y a los hijos e hijas de éstas, facilitando las herramientas necesarias para hacer una adecuada valoración del riesgo", dice en sus conclusiones.

Además, afirma que "se ha de continuar en la labor de concienciación de la víctima, sus familiares y las personas de su entorno para que denuncien y se ha de insistir en la necesidad de que los profesionales sanitarios y de atención social pongan en conocimiento del Juez, del Fiscal o de la Policía los hechos de esta naturaleza de los que tengan conocimiento".

En su opinión, un año más, "se hace absolutamente necesario avanzar en la formación de todos los profesionales implicados no sólo en las técnicas y procedimientos propios de su profesión sino en las características, causas, efectos y consecuencias de esta violencia" y es también un año más, "absolutamente prioritario" reformar la Ley de Enjuiciamiento Criminal que permite a la víctima no declarar contra el acusado cuando éste es su marido.

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