El fiscal persiste en esta parte de su escrito de acusación, pero admite la existencia de dudas al respecto de las circunstancias en que se produjo la reunión en la que Aguilera amenazó supuestamente con despedir a López, Sanchís y Méndez, ya que los diversos testimonios no han podido acreditar el momento en que esta se produjo. No obstante, la situó con probabilidad durante la tramitación del expediente informativo, y antes de la declaración judicial de los gruistas.
Sin embargo, Aguilera testificó que esta reunión tuvo lugar justo después de la presentación, por parte de los empleados de la grúa, de la declaración por escrito en la que culpan a los policías locales David Iria y Carlos Fernández de causar daños a un vehículo en ña grúa municipal. El mismo concejal reconocía que, en un momento de enfado, habría comunicado a los implicados que los despediría a ellos y a los agentes locales por no revelar antes unos hechos de tal gravedad.
Los gruistas, sin embargo, defienden una versión completamente distinta, que implica la amenaza, por parte de Aguilera, de echar a López, el resto de gruistas y la mujer del primero, empleado municipal. El testimonio, el miércoles, de Juan Carlos Juárez apoyaba a Aguilera en un aspecto, que no es otro que la falta de competencias del Ayuntamiento para despedir a empleados de una concesionaria.
Sin embargo, la acusación particular apuntaba que no la amenaza era real porque el Consistorio podía presionar a la empresa para que prescindiese de sus empleados. De este modo, la petición de dos años y seis meses para Aguilera sigue en pie, aunque el fiscal reconociese dudas en este aspecto.
Daños o faltas
Estas reservas se hacen más patentes en relación a las acusaciones a los dos policías locales, Iria y Fernández. De hecho, el fiscal modificó su escrito en varios términos, eliminando el delito de prevaricación por no poder demostrar que fueron ellos los que ordenaron que se llevase el coche la grúa. Mantiene, no obstante, la acusación por daños, pero pone en tela de juicio si la cantidad que refleja los daños es constitutiva de delito o falta, ya que las diversas interpretaciones de los mismos sitúan el valor por encima o por debajo de los 300 euros.
El fiscal mantiene, no obstante, sus dudas acerca de por qué un grupo de seis a nueve agentes se personaron en el depósito para recibir instrucciones, y resaltó que uno de ellos no recordaba esas directrices.
De hecho, y a consecuencia de unas posibles dilaciones indebidas que han prolongado el caso nueve años, sugiere que en caso de considerarse falta, ésta habría ya prescrito, lo que dejaría totalmente faltos de responsabilidad a los agentes incluso en el supuesto de que hubiesen golpeado al coche.Tanto el fiscal como la defensa señalaron las continuas contradicciones e incluso las “mentiras” existentes en los testimonios tanto de los gruistas como del titular de la acusación particular, José Carrión.
La defensa se mostró asimismo sorprendida por las modificaciones en los escritos de la acusación particular y popular, que elimina los supuestos de coacciones para ambos agentes y añade, también en ambos casos, la falsedad documental, por considerar que los agentes mintieron al dar un parte por el que el vehículo presentaba desperfectos al ser intervenido.
El caso quedó ayer visto para sentencia y a la espera de que en un plazo de entre 20 y 25 días se dé a conocer el resultado a ambas partes.