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Sevilla

Un juzgado anula ofertas de empleo del Ayuntamiento de Sevilla por estar caducadas

Anula la convocatoria para plazas de peón de 2016 y 2017 por haber excedido el plazo de 3 años fijado legalmente como máximo para terminar el proceso selectivo

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  • Fachada del Ayuntamiento de Sevilla. -

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 11 de Sevilla ha dictado una sentencia por la que anula la convocatoria para plazas de peón de los años 2016 y 2017 por haber excedido el plazo de tres años fijado legalmente como máximo para terminar el proceso selectivo.

Las bases fueron aprobadas al límite del plazo de tres años y la primera de las pruebas se realizó el pasado mes de abril, es decir, seis años más tarde, según ha informado el bufete Gómez-Cunningham Abogados, que ha llevado el caso.

La sentencia acoge lo planteado por la defensa de un grupo de peones interinos y estima que el Ayuntamiento hispalense "se ha demorado en exceso en el proceso selectivo", y ha dejado por tanto excluidas del mismo las plazas correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de 2016 y 2017, que suman 18 de un total de 82.

Además anula la base XI de dicha convocatoria, que afecta a la totalidad de las plazas, por entender que resulta discriminatoria al no valorar los servicios prestados por dichos trabajadores para el propio ayuntamiento en categorías diferentes a las de peón, mientras que sí las valora para otros colectivos.

La defensa va a solicitar la ejecución provisional de la sentencia, al estimar que la fase de concurso de dicho proceso se encuentra en marcha y de no paralizarse podría impedir el cumplimiento de la sentencia para el caso de que el Ayuntamiento presente recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. 

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