En las cinco sesiones celebradas por la comisión ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla entre el 19 de mayo y el 15 de junio, dicho órgano ha aprobado más de 60 expedientes administrativos para la suspensión del uso de veladores no autorizados o ajenos a la licencia concedida, o para multas coercitivas por el incumplimiento de órdenes previas de retirada de veladores no autorizados, según la documentación recogida por Europa Press.
El casco histórico aglutina una buena parte de estos expedientes, dado que muchos de los mismos aluden a negocios de hostelería situados en la Cuesta del Rosario, la plaza de la Encarnación, el espacio Metropol Parasol, la calle Mateos Gago, la plaza de El Salvador o la Alameda de Hércules, si bien también figuran expedientes relativos a negocios hosteleros de Los Bermejales o El Porvenir, por ejemplo.
En la mayoría de los casos, estos expedientes aprobados por la comisión ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo, más de 60 en menos de un mes, ordenan la suspensión del uso de determinados veladores al no contar con licencia o no ajustarse los mismos a la licencia concedida al negocio aludido. En otros casos, se imponen multas de tipo "coercitivo" a los negocios por incumplir órdenes previas que requerían la retirada de veladores instalados sin licencia o por encima de la licencia otorgada.
Al respecto, por cierto, media una resolución emitida en 2015 por la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz y recogida por Europa Press, en la que dicho departamento expone que las cifras prueban que "un amplio sector de la hostelería instala ilegalmente sus terrazas", pues "más de un tercio de las más de 600 inspecciones realizadas desde enero a mediados de octubre de 2014 dieron lugar a expedientes sancionadores". La patronal hostelera, de su lado, acota las infracciones a un porcentaje muy reducido de empresarios, defendiendo que la inmensa mayoría de los mismos cumple las ordenanzas.
La ordenanza de veladores aprobada en 2013, en ese sentido, estipula para cada licencia un máximo de cien metros cuadrados de ocupación de la vía pública, con un tope de 25 veladores. Además, incorporaba la obligatoriedad de delimitar con marcas el espacio de las citadas instalaciones para garantizar la ocupación exacta del terreno autorizado en cada licencia y fijaba un espacio mínimo de 1,5 metros entre la pared y el inicio de los veladores, para el tránsito de los peatones. Del mismo modo, se adelantaba una hora el cierre de las terrazas.
Sobre esta materia, el Ayuntamiento, la patronal de la hostelería y representantes vecinales han constituido una comisión, que está tratando ya el uso de los veladores en la calle Betis, la avenida de la Constitución y la calle San Fernando, detectando por ejemplo en la popular calle Betis "excesos de ocupación en las terrazas y el uso de elementos no autorizados", mientras en los dos restantes entornos se ha detectado "la invasión de espacios, la mezcla de usos, la falta de respeto de las distintas ocupaciones y el incumplimiento de las condiciones estéticas, principalmente".