La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado la condena de siete meses y medio de cárcel impuesta a una mujer acusada de clavar un lápiz en la mano a su hija menor de edad cuando se encontraban haciendo los deberes en el domicilio familiar.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima rechaza así el recurso de la procesada contra el fallo en el que el Juzgado de lo Penal número 2 le condenó a dicha pena de prisión por un delito de malos tratos, absolviéndola de un delito de maltrato habitual.
Asimismo, le impone la prohibición de aproximarse a menos de 100 metros de su hija durante un año y siete meses y le obliga a indemnizar a la víctima con 300 euros por las lesiones causadas.
Los hechos tuvieron lugar a principios del mes de marzo de 2014, cuando la acusada se encontraba en su vivienda haciendo los deberes con su hija menor de edad y, "en un momento de enfado", le clavó "con cierta violencia" la punta del lápiz en la mano, causándole arañazos y llegando la menor a sangrar.
Tras ello, la imputada manifestó a su hija que si le preguntaban "dijera que los arañazos se los había hecho el gato de una amiga". Así, los arañazos fueron observados por uno de los profesores del colegio al que acude la menor, que fue a la directora, quien a su vez puso los hechos en conocimiento del padre de la afectada.
Examinada la niña por la médico forense el día 8 de abril de 2014, ésta presentaba una cicatriz de excoriación en el dorso de la muñeca derecha y tres cicatrices de erosión en el dorso de esa misma muñeca y en la mano derecha, no habiéndose observado en la menor secuelas físicas ni psíquicas reactivas a la convivencia con la investigada.
La condena se basa en la declaración de la acusada, que explicó que el día de los hechos "estaba muy estresada" y acabó reconociendo que "no sabe muy bien" cómo le dio a su hija con el lápiz en la mano, aceptando igualmente que, para evitar el enfado del padre, "con el que mantiene una difícil relación", le dijo a su hija que asegurara que los arañazos se los había causado el gato de su amiga.
Asimismo, la condena está basada en las testificales del padre de la menor, de la directora del colegio y de su profesor, que son testigos de referencia, que corroboraron la versión de la niña y apreciaron la lesión, así como en el informe del médico forense, que 20 días después de los hechos apreció las cicatrices y que afirmó que las lesiones son compatibles con la acción de un lápiz o bolígrafo con cierta violencia sobre la zona.
Asimismo, consta un informe psiquiátrico que describe un discurso en la menor "coherente y apropiado" para su edad, y que además "vive la relación con su madre de manera traumática y estresante".