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Javier Krahe, absuelto de un delito contra los sentimientos religiosos

La sala considera que no tuvo intención de "menoscabar, humillar o herir los sentimientos religiosos".

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El Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid ha absuelto al cantautor Javier Krahe de un delito contra los sentimientos religiosos al cocinar un crucifijo en un vídeo, ya que la sala considera que no tuvo intención de "menoscabar, humillar o herir los sentimientos religiosos".

   El 15 de diciembre de 2004 el programa Lo + plus de Canal Plus emitió un vídeo promocional realizado por el cantautor Javier Krahe y Enrique Seseña en los años 70 titulado Cómo cocinar un crucifijo. El crucifijo era troceado, untado con mantequilla y metido en un horno, 'saliendo al tercer día en su punto'.

   Tras ello, el Centro Jurídico Tomás Moro (CJTM) presentó una querella criminal por escarnio de las creencias religiosas, que correspondió al Juzgado de Instrucción número 3 de Colmenar Viejo.

   El CJTM acusaba al cantautor y a la productora de un delito contra los sentimientos religiosos en virtud del artículo 521.1 del Código Penal. A Krahe y a Fernández se les impuso fianzas de 192.000 y de 144.000 respectivamente.

   La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, señala que "no resulta probado que el acusado conociera la emisión del referido fragmento hasta los momentos previos a la entrevista, ni que hubiera tomado parte en la decisión de emitirlo".

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