El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución del exdirector general del ente público
Radiotelevisión Valenciana (RTVV), José López Jaraba, de los delitos de prevaricación, malversación, falsedad y administración desleal, en relación a unos contratos con empresas del productor José Luis Moreno.
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos presentados por la
Generalitat Valenciana y el sindicato CGT contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, que en julio de 2020 absolvió a López Jaraba de estos delitos, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
La Audiencia no consideró acreditado ningún tipo de acuerdo entre el acusado y el legal representante de la productora, José Luís Moreno,
para beneficiar a la mercantil, ni tampoco que firmara el contrato para perjudicar a RTVV ni que los derechos de emisión de los capítulos contratados estuvieran sobrevalorados.
El Supremo rechaza los dos recursos presentados al considerar, entre otros argumentos, que la Audiencia Provincial ha ofrecido una fundada respuesta a la pretensión condenatoria formulada por la acusación, "
aunque contraria a sus intereses", sin que se advierta una errónea valoración de las pruebas.
Además, señala que no cabe tildar de arbitraria o simulada la argumentación del Tribunal de instancia, aunque sean apreciaciones totalmente divergentes con las de la acusación, ya que son fruto de la inmediación del tribunal, que no pueden ser modificadas a través del recurso de casación de una sentencia absolutoria, y que cumplen
el canon mínimo exigible conforme a la jurisprudencia del tribunal.
El juicio contra López Jaraba se celebró el
23 de julio de 2020, y en él declaró que durante su etapa como director del ente, entre octubre de 2009 y diciembre de 2012, no se encargaba directamente de la contratación de programas, sino que seguía las recomendaciones de un grupo de expertos riguroso y exigente en sus criterios.
Las acusaciones defendían que el pago de
1.785.295 euros a la productora televisiva de Moreno por la coproducción de la serie "Planta 25" y la firma de un contrato en 2010 con la misma empresa sobre cesión de derechos de emisión de un nuevo programa de la serie "De un tiempo a esta parte" constituían delitos que debían ser castigados con penas de cárcel.
Sin embargo, la Audiencia consideró que los pagos se hicieron siguiendo el procedimiento y que no consta que López Jaraba llegase
a un acuerdo irregular con el productor, cuestión que ahora confirma el Tribunal Supremo.